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Herencias - Fallecimiento sin testamento

Cuando alguien muere sin testar en Catalunya, existe el siguiente orden legal de prevalencia de herederos: descendientes, cónyuge y después ascendientes. En su defecto, son los hermanos e hijos de hermanos los que heredan. En cualquier caso, el cónyuge tiene siempre el usufructo vitalicio de todos los bienes.

Si los herederos son ascendientes, descendientes o cónyuge, se ha de formalizar ante Notario la llamada declaración de herederos ab-intestato. Deben aportarse además una serie de certificados de nacimiento y defunción, y dos testigos.

En el caso de que los herederos sean los hermanos o hijos de hermanos del difunto, se ha de instar el procedimiento judicial de declaración de herederos ab-intestato.

 

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