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Herencias - Fallecimiento sin testamento
Cuando alguien muere sin testar
en Catalunya, existe el siguiente orden legal de prevalencia de
herederos: descendientes, cónyuge y después ascendientes.
En su defecto, son los hermanos e hijos de hermanos los que heredan.
En cualquier caso, el cónyuge tiene siempre el usufructo
vitalicio de todos los bienes.
Si los herederos son ascendientes,
descendientes o cónyuge, se ha de formalizar ante Notario la llamada
declaración de herederos ab-intestato. Deben aportarse además
una serie de certificados de nacimiento y defunción, y dos testigos.
En el caso de que los herederos
sean los hermanos o hijos de hermanos del difunto, se ha de instar
el procedimiento judicial de declaración de herederos ab-intestato.
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