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Herencias - Reclamación Judicial
Para que un heredero se adjudique
un bien, ha de acudir con el resto de herederos y aceptar todos
juntos la herencia ante Notario. Cuando uno o varios de los herederos
no está conforme con los bienes a incluir en la herencia, la forma
de repartirlos o si incluso se desea prescindir de ella, se ha de
acudir al Juez para que le o les exija aceptarla. En Catalunya,
si no se acepta expresamente se entiende que renuncia a la herencia,
a diferencia del resto de España.
Tanto si Vd quiere aceptar una herencia
y alguno de los herederos no está de acuerdo, como si ha sido objeto
de una demanda exigiéndole que acepte o renuncie la herencia, podemos
ayudarle en todo el proceso.
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